LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

Los Derechos Fundamentales  son el conjunto de derechos subjetivos y garantías reconocidos por una Constitución como inherentes a la naturaleza de la persona y que legitiman la dignidad, la libertad, la igualdad, la participación política y social, el pluralismo o cualquier otro aspecto fundamental que afecte al desarrollo integral de la persona en una comunidad de hombres libres. Estos derechos son garantizados judicialmente.

Los Derechos Fundamentales  alcanzan su esplendor en el siglo XVIII como consecuencia de la profunda transformación que se produjo en la situación económica y social.

La tolerancia religiosa, conocida en nuestros días como  Libertad de Credo fue el primer Derecho Fundamental que se reconoce en la modernidad, esto tuvo lugar por la imperiosa  necesidad de impedir legalmente las guerras que por motivaciones religiosas acontecían en Europa, después de que la Reforma protestante rompiera con la unidad de religión.

Muchos de los derechos surgen vinculados a los intereses de la burguesía y ofrecen fundamentación jurídica a la propiedad privada como derecho.  Otros, nacen por la necesidad de restringir el poder del Estado absoluto, como es el caso de la libertad de expresión.

El 26 de agosto de 1789 es proclamada en Francia la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, la cual cristaliza en la regulación sobre Derechos Humanos con carácter constitucional más trascendental y relevante en la historia moderna. En esta se tutelan como derechos intangibles la libertad personal, la libertad de palabra, de conciencia y la seguridad, entre otros.

Las revoluciones burguesas indujeron a la normativización de algunos derechos, a los que por aparición cronológica se les denomina: de primera generación. Se refieren primordialmente a derechos y libertades civiles y políticas. Estos derechos civiles son: la libertad de conciencia, el derecho a la vida, a la inviolabilidad personal, de culto, a la intimidad, al honor, al secreto de la correspondencia, a la inviolabilidad del domicilio, y a la libre expresión del pensamiento. Los políticos son: el derecho a elegir y ser electo, a la libertad de palabra y prensa, derecho de manifestación, de asociación, etc.

En el siglo XX tienen lugar diversas revoluciones en las cuales sus principales protagonistas son los sectores obreros y campesinos, estos reclaman derechos como el sufragio universal y el derecho de sindicalización, y con ello proporcionan la aparición de la segunda generación de derechos fundamentales: los socioeconómicos y culturales, que contemplan, el derecho a la atención médica, a la seguridad social, a la educación,  al trabajo, al descanso, a una jornada legal de trabajo, a la huelga, a la vivienda, a la cultura entre otros.

Como efecto de la lucha política, social y militar contra la esclavitud y de la utilización de instrumentos tecnológicamente avanzados de destrucción, que originan la necesidad de humanizar el trato a civiles y de regular la guerra, surge la tercera generación de derechos a partir de 1960. En este momento se reconoce  el derecho de los pueblos y las naciones a la independencia, al desarrollo, a la protección y salvaguarda de los recursos naturales, al medio ambiente sano, los derechos de las minorías, etc.

Esta diferenciación por generaciones no tiene como objetivo instaurar preferencias o divergencias entre los derechos, solo establece momentos históricos de aparición o reconocimiento jurídico para su mejor estudio.derechos_humanos

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